Puntos críticos sobre las vacaciones en el sistema peruano
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IUS ET VERITAS; Núm. 25 (2002)Abstract
El derecho a las vacaciones o descanso anual remunerado tiene reconocimiento en las normas internacionales sobre Derechos Humanos, en nuestra Constitución, y últimamente en determinados aspectos, suele ser un tema de controversia en la doctrina y jurisprudencia peruanas. Las vacaciones es uno de los beneficios universales laborales pero su tratamiento presenta una serie de variantes en los sistemas positivos, tanto por su fuente de regulación como su contenido mismo. Estamos ante un derecho fundamental que centralmente busca otorgar un descanso remunerado al trabajador para que pueda tener un tiempo libre de recreación, recuperación de fuerzas para continuar laborando y descanso en general del trabajo ordinario (esta es la finalidad central en las normas peruanas), o simplemente exista una desconexión del trabajon'. Para otros, se trata de una pattida salarial que retribuye el trab<~o del trabajador en forma diferida, configurándose como un derecho del empleador a la distribución del tiempo de descanso del trabajad0112'. A ello, se debe agregar, en otras legislaciones, una función de distJibución del tiempo del trabajo -mecanismo de disttibución del empleo-e inclusive, un imperativo para que el trabajador descanse y se abstenga de todo trabajo remunerado. A través de estas líneas, queremos dedicar algunas reflexiones sobre los puntos críticos de las vacaciones en función a lo expresado en las normas vigentes, la doctrina y especialmente la jurisprudencia peruana''', sin dejar de tener en cuenta los proyectos de Constitución y de Ley General del Trabajo'.